Publicado: 25 de Enero de 2022

El Juzgado de Primera Instancia nº16 de Las Palmas de Gran Canaria ha dictado la Sentencia de fecha 19 de noviembre de 2021 donde concluye que las graves "actuaciones dilatorias y omisivas llevadas a cabo por los distintos facultativos y empleados de la entidad demandada provocaron un diagnóstico tardío, lo que impidió que se pudiera atajar la hemorragia de la paciente con celeridad y, de esta manera, haber podido evitar su óbito.” Se CONDENA A LA CLÍNICA VITHAS SANTA CATALINA A ABONAR, entre principal e intereses, LA CANTIDAD DE 340.063,88€ más las costas del proceso.El retraso terapéutico inadmisible acaecido en las instalaciones de la clínica demandada produjo que la Sra. del Pino falleciera por una hemorragia masiva postparto. Lo sucedido es intolerable pues era evitable. Si hay alguna patología en el que el tiempo es vida, es en el sangrado agudo. En este caso no se prestó a la enferma la asistencia debida en tiempo oportuno, de acuerdo con los síntomas que presentaba.